Todas las empresas disponen de una ayuda económica para realizar formación que se hace efectiva de manera muy sencilla mediante bonificaciones a la Seguridad Social.
Nuestro centro tramita y gestiona la bonificación para su empresa. Seguimiento de todo el proceso.
El sistema de bonificaciones está regulado por la Orden Ministerial TAS 2307/ 2007 de 27 de julio.
Todas las empresas que cotizan a la Seguridad Social por la contingencia de Formación Profesional, dispondrán de un Crédito para Formación efectivo mediante bonificaciones a la Seguridad social.
- OBJETIVOS DE LA FORMACIÓN BONIFICADA:
Formación de los trabajadores, mejorando su capacitación profesional y desarrollo. Mejora de la productividad y competitividad de su empresa.
Capacitación de las competencias profesionales adecuadas de los empleados.
- REQUISITOS PARA PODER OBTENER LAS BONIFICACIONES:
Trabajadores de la empresa dados de alta en el Régimen General de Seguridad Social (NO AUTONOMOS).
Duración: mínimo 6 horas.
Solicitud: 15 días antes a la fecha de inicio.
La empresa debe estar al corriente con los pagos a la Tesorería de la Seguridad Social y a la Administración de Hacienda.
- TRÁMITES GESTIÓN DE LA FORMACIÓN:
- Planificación del curso y elaboración de presupuesto previo.
- Información del Crédito disponible de la empresa para gastar en formación.
- Aceptación del presupuesto por el cliente.
- Adhesión al Convenio de Agrupación de Empresas.
- Informe sobre el curso a realizar
- Facturación y pago del curso.
- Ejecución y Realización del Curso.
- Bonificación del curso en cuotas de la Seguridad Social de la empresa
- CREDITO FORMATIVO
- Empresas de 1 a 5 trabajadores: Cantidad Mínima Fija de 420 €.
- Empresas de 6 a 9 trabajadores: 100% del importe cotizado en el año anterior.
- De 10 a 49 trabajadores: 75% del importe cotizado en el año anterior.
- De 50 a 249 trabajadores: 60% del importe cotizado en el año anterior.
- De 250 a más trabajadores: 50% del importe cotizado en el año anterior.